TARIFA SOCIAL

1. ¿Quiénes acceden a la Tarifa Social?

Usuarios RESIDENCIALES TITULARES del servicio eléctrico que sean:

• Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

• Trabajadores Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

• Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

• Titulares de programas sociales.

• Usuarios Inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

• Usuarios Inscriptos en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).

• Usuarios que perciban Seguro de Desempleo

• Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur

• Usuarios que cuenten con Certificado de Discapacidad expedido por autoridad competente.

• Titulares (o uno de sus convivientes) con enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.

2. ¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social?

• Registro de propiedad Inmueble – quedarán excluidos aquellos titulares de más de uno.

• Padrón de Automotores – quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta DIEZ (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia.

• Embarcaciones de lujo – quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

3. ¿Cómo me puedo dar de alta para ser beneficiario de la Tarifa Social?

Recurriendo a su distribuidora, consultando en el Ente Provincial Eléctrico Teléfono 148 opción 9 o desde la aplicación EPRE USUARIOS

Verifique si es beneficiario